El Programa de Fomento del Empleo Industrial y Medidas de Inserción Laboral en Andalucía, puesto en marcha por la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, contempla entre las diferentes líneas de actuación, la Iniciativa de Cooperación Local, destinada al fomento de la contratación por los Ayuntamientos, de personas menores de 30 años, mayores de 30 años y mayores de 45 años de edad, así como la contratación de personal técnico de orientación y tutorización laboral.
La nueva edición de los planes de empleo (regulada mediante la Orden de 20 de julio de 2018) cuenta con un presupuesto asignado de 235 millones de euros y prevé la contratación por los Ayuntamientos andaluces de más de 22.000 personas desempleadas, en toda la comunidad. En esta primera convocatoria, se contemplan los siguientes colectivos:
En una próxima resolución, se convocarán las ayudas para la contratación por los ayuntamientos de personas desempleadas mayores de 55 de años (15M€).
Características de las contrataciones
La ayuda consiste en un incentivo derivado de la contratación de personas desempleadas, que reúnan los requisitos de la convocatoria, mediante contrato de obra o servicio determinado. El incentivo se calculará en función de la duración del contrato y el grupo de cotización a la Seguridad Social, de acuerdo con las cantidades reflejadas a continuación:
Grupo 1, para seis meses de contrato, 10.200 euros; 1.700 euros por cada mes adicional a partir del sexto.
Grupo 2, para seis meses de contrato, 9.600 euros; 1.600 euros por cada mes adicional a partir del sexto.
Grupo 3, para seis meses de contrato 9.000 euros; 1.500 euros por cada mes adicional a partir del sexto.
Grupos 4 al 10, para para seis meses de contrato 7.800 euros; 1.300 euros por cada mes adicional a partir del sexto.
Por tanto, estas contrataciones tendrán una duración mínima de seis meses y máxima de 12, conforme al plazo estimado para duración de los proyectos, y serán a jornada completa.
La distribución territorial de los fondos se realiza de forma proporcional al nivel de desempleo y la población total de cada localidad y puede consultarse en la Resolución de 3 de septiembre de 2018, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se convocan las subvenciones públicas, reguladas en la Orden de 20 de julio de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, de las Iniciativas de Cooperación Local, en el marco del Programa de Fomento del Empleo Industrial y Medidas de Inserción Laboral en Andalucía
Para las contrataciones de personal técnico para orientación y tutorización laboral, la ayuda consistirá en un incentivo que se determinará atendiendo a la duración del contrato y al grupo de cotización a la Seguridad Social, de acuerdo con las siguientes cantidades:
En el caso de que las contrataciones de este personal se realicen a media jornada, las cuantías se reducirán al 50%.
Perfiles de los colectivos
Con carácter general, los Ayuntamientos podrán contratar a personas inscritas como demandantes de empleo no ocupadas y que reúnan alguno de los siguientes requisitos:
Los requisitos anteriores deberán cumplirse el día en el que se realice la búsqueda de candidaturas por parte de las oficinas de empleo correspondientes.
En los documentos anexos aparecen los códigos de las distintas cualificaciones profesionales que desde nuestro Ayuntamiento se han solicitado a la Consejería de Empleo.
Aquellos ciudadanos o ciudadanas que cumplan los requisitos específicos, y estén interesados en trabajar en los puestos especificados según su tramo de edad, deberán dirigirse a su oficina del Servicio Andaluz de Empleo y solicitar que se introduzcan dichos códigos en su ficha de demandante de empleo.
Nombre | Tamaño | Tipo |
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Cartel informativo de Emple@. Puestos solicitados | 278,31 KB |